HORARIO ATENCIÓN

Atencion presencial

Lunes a Jueves:

09:00 a 12:30 hrs - 15:00 a 17:00 hrs

Viernes:

09:00 a 12.30 hrs - 15:00 a 16:00 hrs

En caso de dudas o consultas, se puede comunicar a los siguientes contactos: 

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522 255635

522 255636

522 255637

 

Lugar de atención: Casona de Bienestar Estudiantil (área norte)

 

AYUDA SOCIAL

 

AYUDAS SOCIALES

El Departamento de Bienestar del Personal UDA, otorga a sus socios y socias en su calidad de vigente y jubilados y sus cargas legales, ayudas sociales que se detallan a continuación.

 

1.- AYUDA SOCIAL POR MATRIMONIO:

Se concederá una Ayuda económica a cada socio(a) que contraiga matrimonio.

Modo de Solicitud:

Socio (a) debe presentar en Bienestar del Personal, los siguientes documentos:

  1. Formulario Solicitud Ayuda Social
  2. Certificado de Matrimonio

Aclaraciones Importantes: 

  1. Requisito: Tener al menos 6 meses de antigüedad en Bienestar.
  2. Monto de Ayuda por Matrimonio: $80.000.-
  3. Plazo Solicitud: 90 días desde el evento.

 

2.- AYUDA SOCIAL POR NACIMIENTO:

Se concederá una ayuda por el nacimiento de cada hijo de socio de Bienestar.

Modo de Solicitud:

Socio (a) debe presentar en Bienestar del Personal, los siguientes documentos:

  1. Formulario Solicitud Ayuda Social
  2. Certificado de Nacimiento

Aclaraciones Importantes: 

  1. Requisito: Tener al menos 6 meses de antigüedad en Bienestar
  2. Monto de Ayuda por Nacimiento: $80.000.-
  3. Plazo Solicitud: 90 días desde el nacimiento.

 


3.- AYUDA SOCIAL POR FALLECIMIENTO DE SOCIO Y/O CARGA LEGAL:

Se concederá una ayuda por el fallecimiento de socio y/o carga Legal de socio.

Modo de Solicitud:

Socio (a) debe presentar en Bienestar del Personal, los siguientes documentos:

  1. Formulario Solicitud Ayuda Social
  2. Certificado de Defunción

Aclaraciones Importantes: 

  1. Requisito: Tener al menos 6 meses de antigüedad en Bienestar.
  2. Monto de Ayuda por Fallecimiento de socio: $800.000.-
  3. Monto de Ayuda por Fallecimiento de Carga Legal: $500.000.-
  4. Plazo Solicitud: 90 días desde el fallecimiento.
  5. Se incluye el mortinato a partir del quinto mes de gestación y el fallecimiento del hijo recién nacido, que no hubiere sido aún reconocido como carga legal.